En toda institución del país se podrán constituir Seccionales de la Unión Médica Nacional, donde hubieren más de 10 médicos afiliados a este sindicato. La constitución de las Seccionales queda a juicio de la Junta Directiva de la Unión Médica Nacional, o por petición de los interesados en un mismo centro de trabajo o región.
El Comité Directivo de cada Seccional estará integrado de tres a cinco miembros que serán: Presidente, Secretario, Tesorero, Vocal y Fiscal.
La Caja Costarricense de Seguro Social otorgará permiso con goce de salario a los delegados que integran una Seccional, para asistir a asambleas que este sindicato convoque y a reuniones dos hora hábiles por semana para que se reúnan en su centro de trabajo
CENTRO
MIEMBROS SECCIONAL
Área de Salud Abangares
Láscarez Abarca Fabián
Mora Rozados Carolina
Área de Salud de Hatillo (Clínica Dr. Solón Núñez Frutos)